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Introducen cambios a la Ley de Cine

SANTO DOMINGO-. La Cámara de Diputados aprobó ayer un proyecto de que modifica la Ley para el Fomento de la Actividad Cinematográfica en la República Dominicana o Ley de Cine, con lo que quedó convertida en ley, que ya había sido sancionado por el Senado.

Entre las modificaciones aplicadas, se contempla incluir estímulos fiscales adicionales a los fines de dar mayores incentivos a la actividad del séptimo arte en el país. Los diputados la declararon de urgencia y la aprobaron en dos lecturas consecutivas, tal como sucedió en el Senado.

Con lo aprobado se modifica la vigente ley 108-10, en la que se establece que los gastos de un productor cinematográfico serán computados de acuerdo a la contratación del personal y que la producción cuente con una participación mínima de dominicanos.

Sobre el Límite del Crédito Fiscal Transferible se estableció que «el balance neto vigente del Gasto Fiscal atribuible al total de las producciones cinematográficas y audiovisuales beneficiarias en la emisión del Certificado Endosable del Crédito Fiscal Transferible así como su uso, en virtud a lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley No. 108-10 y sus modificaciones, nunca podrá exceder del 10% del total del Impuesto sobre la Renta pagado por las personas jurídicas que estén registradas como contribuyentes en República Dominicana en el período fiscal anterior».

Además, dispone que los Certificados Endosables del Crédito Fiscal Transferibles emitidos por la DGII referentes a las certificaciones y validación de gastos que sean remitidas por la DGCINE, luego de cumplirse el referido límite del 10%, serán emitidos con una vigencia de cuatro años, entrando en vigor en el año subsiguiente.

Entre la modificación está el artículo 2 párrafo III,  que establece que para los casos de producciones extranjeras, serán computados los gastos correspondientes de contratación de personal, siempre y cuando la producción cuente con una participación mínima de dominicanos o residentes dominicanos, de conformidad a la siguiente proporción:

a) 10% para los primeros tres (3) años de vigencia de la presente ley;
b) 20% para el cuarto (4to.) y quinto (5to.) año de vigencia de la presente ley;
c) 25% a partir del sexto (6to.) año de vigencia de la presente ley.”

Se deroga el artículo 34 de la Ley 253-12, para el Fortalecimiento de la Capacidad Recaudatoria del Estado para la Sostenibilidad Fiscal y el Desarrollo.

La pieza busca promover e impulsar la industria cinematográfica y del turismo en el país, y fue acogida en primera lectura con el voto favorable de 112 diputados y uno contra, y pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación. El pleno de la Cámara de Diputados acogió la urgencia a solicitud del vocero de los diputados del PRD, Ruddy González. A favor del proyecto se expresaron varios congresistas entre ellos Marino Collante, Alberto Atallah, David Collado y los voceros del PLD y PRSC, Gustavo Sánchez y Ramón Rogelio Genao.
CINEMA DOMINICANO

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